Por Análisis Digital | Ver nota
La Cámara Federal de Rosario le ordenó al Estado nacional presentar información urgente sobre el dragado y el uso de una nueva traza para buques de ultramar frente a Ramallo. El fallo responde a una causa impulsada por las organizaciones UPVA y la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas, que denuncian la ejecución de obras sin estudios de impacto ambiental ni participación ciudadana, en pleno contexto de crisis hídrica y climática.
La causa judicial por el dragado en la mal llamada Hidrovía Paraná-Paraguay alcanzó un hito este pasado 4 de julio, informó la Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas. La Sala B de la Cámara Federal de Rosario dictó una medida clave. Exigió a los organismos nacionales involucrados que entreguen en un plazo de diez días los informes técnicos, estudios de impacto ambiental y antecedentes administrativos vinculados al dragado, redragado, ensanchamiento y cambio de traza del río Paraná, en el tramo comprendido frente a la ciudad bonaerense de Ramallo. La Administración General de Puertos, Ministerio del Interior, Secretaría de Transporte y Ente Nacional de Control y Gestión de la Vía Navegable deberán cumplir la medida.
La resolución judicial se basa en un principio claro: no puede haber licitación ni ejecución de obras sin Evaluación de Impacto Ambiental previa, participativa y pública. Menos aún cuando se trata de un proyecto de megainfraestructura que altera un curso de agua estratégico, vital para millones de personas y con una biodiversidad única. El hecho de que se pretendan justificar estos trabajos con estudios de hace más de 30 años es una señal de irresponsabilidad institucional inaceptable.
Esta causa se enmarca en una situación ambiental crítica. En los últimos cuatro años, Argentina atraviesa una de las peores crisis hídricas de su historia. El Paraná sufrió bajantes récord. Las comunidades costeras enfrentan cortes, contaminación y pérdida de acceso al agua. Todo esto mientras los informes del IPCC alertan con claridad: el cambio climático intensifica los extremos, pone en jaque los ecosistemas de agua dulce, y obliga a los Estados a actuar con máxima precaución. La opinión consultiva en curso en la Corte Internacional de Justicia de La Haya reafirma esta obligación: los países deben evaluar los impactos ambientales transfronterizos antes de iniciar cualquier proyecto con consecuencias significativas.
La resolución judicial también incorpora como prueba un dictamen de la Procuraduría de Investigaciones Administrativas, que detectó serias irregularidades durante el proceso de licitación para la nueva concesión de la llamada hidrovía. En su dictamen, la Procuraduría señaló que el Estado debe realizar el proceso de Evaluación de Impacto Ambiental antes de emprender la licitación del dragado.
El Estado aún no explicó por qué no se hicieron estudios actualizados ni se convocó a audiencias públicas, como exige la Ley General del Ambiente y el Acuerdo de Escazú.
El tramo en cuestión -frente a las costas de Ramallo- incluye playas, humedales y zonas turísticas de alto valor ecológico. El desvío de la traza hacia el brazo derecho del río, sin estudios ni control público, incrementa los riesgos de erosión costera, pérdida de biodiversidad, dispersión de contaminantes y afectación del abastecimiento de agua.
Desde la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas y la organización UPVA sostenemos: no puede haber obras sin información, sin estudios y sin la voz de las comunidades. La planificación de la infraestructura hídrica y portuaria del país no puede seguir bajo lógicas extractivas, opacas y a espaldas de la sociedad.
La protección del Paraná es hoy una cuestión de derechos humanos, justicia ambiental y supervivencia. Seguiremos exigiendo transparencia, participación y responsabilidad. Sin agua no hay vida. Y sin controles necesarios, no habrá justicia social y ecológica.