Histórico fallo contra una firma por contaminar el Paraná y provocar severos daños en la salud

La Justicia de San Nicolás hizo lugar a un amparo ambiental y condenó de manera ejemplar a Atanor, el tercer productor de herbicidas del mundo, por verter efluentes al curso del río. Se estima que 200 vecinos murieron de cáncer.

La Justicia de Ejecución Penal de San Nicolás hizo lugar a un amparo ambiental por daño ambiental de incidencia colectiva de la empresa Atanor, considerada la tercera productora de herbicidas más importante del mundo, y dictó sentencia definitiva contra la firma ubicada en las inmediaciones del barrio Química de la ciudad nicoleña, donde se estima que murieron cerca de 200 personas en el transcurso de años producto de la contaminación ambiental que ocasionaba la empresa al verter sustancias tóxicas al curso del río Paraná sin tratamiento, además de enterrar de manera ilegal residuos peligrosos. La causa fue presentada en 2015 y motivó la intervención de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Cidh) por reiteradas “demoras injustificadas” del Poder Judicial tanto en el ámbito federal como bonaerense, situación que se encuentra en trámite pese al fallo definitivo a la acción de amparo.

Por otra parte, las ONG que participaron de la causa judicial apelarán el fallo para que la empresa se haga cargo, además, del resarcimiento económico correspondiente a las familias de las víctimas por el daño colectivo ocasionado la contaminación en el ambiente. Por lo pronto, la empresa dejará de producir un nocivo insecticida “Clorpirifos”, que provoca daño neurológico en niños y niñas y que Atanor fabricó en durante décadas en esa zona densamente poblada.

En declaraciones a La Capital, el abogado ambientalista de la Asociación Civil Cuenca Río Paraná, Fabián Maggi, quien participó de la querella junto a Fomea, comentó: “La causa de Atanor se viene investigando desde hace muchos años a partir de testimonios de trabajadores de la empresa, quienes refieren que habían sido obligados a enterrar residuos peligrosos en tanques de 200 litros dentro del parque industrial“.

A su vez, comentó que los obreros de la fábrica “denunciaban que los obligaban a desagotar los piletones de agroquímicos hacia la barranca del río Paraná para descartarlos directamente al curso de agua, sin tratamiento previo. Todo eso se pudo probar e incluso al día de hoy se pueden observar manchas en tonos anaranjados y amarillos sobre la barranca, que indican presencia de trifluralina. Pero, puntualmente, la sentencia que se dictó en los últimos días es una causa judicial se inició en 2015, y ya presentaba demoras injustificadas del Poder Judicial y que motivó a la intervención de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (Cidh) y hoy se encuentra en trámite”.

Hubo más de 200 casos en barrio Química de personas con cáncer y otras patologías por los vertidos y emanaciones de sustancias tóxicas. ¿Consideran un logro esta sentencia?

—Sin dudas que es bien recibido y genera una luz de expectativa porque es la primera vez que se logra un reconocimiento judicial de que la actividad de que la empresa Atanor es ilegal y así lo expresa en el fallo. También se tuvo acreditado por investigadores del Conicet y el trabajo conjunto de la Policía Federal Argentina (PFA) que la empresa contamina con sus efluentes líquidos el curso del río Paraná y también se comprobó la contaminación del suelo. Además, generan enorme expectativa los estudios que la jueza ordena realizar en cuanto al impacto ambiental respecto a la medición de la calidad de aire y el estudio de suelo, ordenado a través del Conicet. Y en base a eso, también ordena la orden de recomposición al condenar expresamente a recuperar el suelo afectado.

Ocurrió que, ante los casos de enfermedades agudas y malestares llamativos y elocuentes, los vecinos del barrio Química comenzaron a organizarse y realizaron un censo comunitario “casa por casa” con el objetivo de llevar un monitoreo de las familias afectadas y allí se corroboró que alrededor de 200 personas habían muerto de cáncer como consecuencia de estar expuestas a sustancias contaminantes, tanto por inhalación como por consumo de agua durante un lapso prolongado, producto de años de actividad contaminante de Atanor.

“El impacto es de una magnitud enorme y la incidencia de esa enfermedad es notoriamente mayor que a la media que se registra en el resto del país. También han sido víctimas de otras enfermedades tales como cardiopatías congénitas, enfermedades cutáneas, respiratorias, es decir, una afectación a la salud pública sobre el radio de la empresa que es por demás de elocuente”, aseguró Maggi.

—¿En cuánto se puede mensurar el nivel de contaminación y qué poblaciones abarca sobre la cuenca del Paraná?

—El alcance de la contaminación en la cuenca del río Paraná es una tarea que todavía está bajo investigación. Lo que se lee en el propio fallo, puntualmente el del doctor Andrés Porta, es que se constató que el vuelco de efluentes afecta el curso del río y también la biota acuática. También se debe establecer la magnitud de esa afectación, que es posterior al fallo, aunque ya se podría inferir que es de gran magnitud. Con eso basta con recordar el estudio de la Universidad Nacional del Litoral (UNL), donde científicos constataron la presencia de agroquímicos y varios pesticidas en el tejido muscular en peces de la cuenca del río Salado, que estaban a la venta. Eso se puede presumir sobre esta zona también, puesto que después cuenta el recorrido de migración de los peces, dado que la mayoría del cardumen se desplaza a lo largo del caudal. Lo mismo sucede con la corriente de agua contaminada, que se extiende hasta lugares insospechados.

Apelación

Si bien la jueza no hizo lugar al resarcimiento económico por los daños provocados en la salud de la población afectada, la Asociación Civil Cuenca Río Paraná y Fomea apelarán esa cuestión para que, efectivamente, la empresa se haga cargo de esa indemnización de carácter colectivo. En tanto, sí obligó a la firma a hacerse cargo de los estudios de impacto ambiental y recomposición ambiental, que apunta a tareas que buscan eliminar los contaminantes presentes en el suelo.

El análisis de expertos del Conicet

En el lapso de instrucción de la causa, la jueza que se pudo probar judicialmente que la empresa Atanor volcaba sus efluentes líquidos al río Paraná sin la debida autorización por parte de la Autoridad del Agua conforme surge de las actas de inspección. Además, señaló que de la pericia efectuada por el Conicet surgió como conclusión de los expertos que “…Atanor SCA vuelca desechos peligrosos y tóxicos que degradan la calidad de agua del curso del Río Paraná y afectan la biota acuática, todo ello considerando los Niveles Guías de Calidad de Agua de la Subsecretaría de Recursos Hídricos de la Nación Argentina (2003)”.

El fallo de la jueza Díaz Bancalari

El 6 de marzo de 2023 la Jueza Luciana Díaz Bancalari, titular interina del Juzgado de Ejecución Penal de San Nicolás, dictó sentencia definitiva en el amparo ambiental que se inició en 2015 el Foro Medio Ambiental (Fomea) por contaminación del río Paraná contra la planta industrial de Atanor, ubicada en pleno radio urbano de la ciudad de San Nicolás, provincia de Buenos Aires.

En esa acción judicial se denunció la masiva contaminación del ambiente con agroquímicos y la grave afectación en la salud de los vecinos de esa localidad, quienes comenzaron a realizar un censo comunitario “casa por casa”, ante los llamativos casos de cáncer y otras patologías cardíacas, cutáneas y respiratorias en el radio de la fábrica.

Luego de largos años de trámite y la realización de pruebas periciales que contaron con la intervención del Conicet, el CIM de la Universidad de La Plata y la División de Delitos Ambientales de la Policía Federal la jueza a cargo de la causa determinó que: “…se ha probado el marco de ilegalidad en el que funcionaba Atanor al tiempo de la interposición de la presente acción…”.

Daños severos a la salud

La magistrada tuvo en cuenta la declaración testimonial de la reconocida genetista Delia Aiassa, quien afirmó: “…En nuestra experiencia lo que hemos probado en animales y células humanas expuestas a glifosato, cipermetrina y trifluralina y hemos encontrado que esos químicos causan un daño en el material genético que se transforman en mediano o largo plazo en problemas adversos en la salud.”.

Desde Fomea resaltaron las palabras de la magistrada, quien apuntó: “No puede perderse de vista que Atanor se encuentra situada en pleno radio urbano y que es una empresa que manipula productos peligrosos para la salud”, motivo por el cual condenó a la industria demandada a la inmediata puesta en funcionamiento de un mejoramiento del sistema de tratamiento de efluentes líquidos en el término de 20 días, lapso en el cual además exhortó a realizar una evaluación de riesgo ambiental en términos cuantitativos.

No obstante, la firma Atanor deberá realizar un estudio de perturbación del suelo con intervención del Conicet y convocar a la Universidad Nacional de Entre Ríos a realizar un monitoreo de la calidad de aire en la población circundante, incluyendo domicilios particulares, de los resultados que allí se obtengan se tomaran nuevas decisiones judiciales.

Entre tanto, el Poder Judicial bonaerense prohibió definitivamente a la empresa Atanor continuar produciendo el peligroso insecticida “clorpirifos”, esta sustancia es un insecticida que causa daño neurológico en niños y niñas, la empresa lo elaboró durante décadas en una zona densamente poblada.

“Con esta sentencia se pone fin a un capítulo fundamental de la historia ambiental de San Nicolás que tiene como conclusión inapelable la afirmación judicial de que «…se ha probado el marco de ilegalidad en el que funcionaba Atanor al tiempo de la interposición de la presente acción…», dando la razón a los vecinos del barrio Química que durante años denunciaron la ilegal actividad sin ser oídos”, resaltaron desde la organización ambientalista que trabajó codo a codo con el letrado Fabián Maggi, de la Asociación Civil Cuenca Río Paraná, quien viene llevando causas tanto en el norte de la provincia de Buenos Aires como en Rosario y el Cordón industrial por contaminación de efluentes en la curso de agua del Paraná.

Conformidad de las ONG

Desde la ONG ecologista también resaltaron que con esta sentencia “se zanja la discusión de si la empresa contamina el ambiente o no con productos químicos dado que las pericias judiciales realizadas por expertos del Conicet y de la Universidad de la Plata concluyeron que en el suelo se detectaron elevados niveles de contaminación y que la empresa vuelca sus efluentes líquidos contaminados con residuos peligrosos al Río Paraná afectando la vida de ese curso de agua”.

“El testimonio de la genetista Delia Aiassa, sumado a los hallazgos de contaminación, y el emplazamiento urbano de Atanor, circunstancias que fueron especialmente consideradas por la jueza Luciana Bancalari, establecen las bases para reconocer definitivamente las graves afectaciones en la salud y el fallecimiento de un gran número de vecinos de esa industria química”, concluyeron.

Fuente: La Capital

05/04/2023

 

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